Autor Tema: Los trámites que hay que hacer cuando fallece el titular de un vehículo  (Leído 1569 veces)

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Desconectado Aitor

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Un vehículo, como cualquier otro bien, es susceptible de ser heredado en el momento en el que fallece su titular. Ahora bien, es necesario llevar a cabo una serie de trámites para cambiar la propiedad del automóvil o motocicleta, entre otros, y que así no haya incoherencias entre los registros de propiedad y el usuario habitual del vehículo, algo que puede generar problemas si se sufre un accidente dee tráfico o si se comete una infracción sancionable.

Pese a la importancia de estos trámites, la DGT confirma que actualmente hay en España cerca de un millón de vehículos en circulación cuyo titular ha fallecido. Para evitar esta situación y hasta que la herencia se adjudique de manera oficial, la persona que vaya a hacerse cargo del vehículo deberá notificarlo, en consecuencia, a la Jefatura de Tráfico más cercana. Este procedimiento no es otro que la solicitud de custodia del vehículo.

Solicitud de custodia provisional del vehículo:
Esta solicitud debe realizarse en los 90 días siguientes al fallecimiento del titular del vehículo, mientras se adjudica la herencia. Para ello, habrá que solicitar el impreso para trámites de vehículos, indicando el campo ‘Otros’. Deberá estar firmado por la persona que vaya a circular con el vehículo y contener sus datos, así como la matrícula del vehículo y la fecha de fallecimiento del titular.

A la hora de presentar este documento, habrá que adjuntar el justificante de pago de la tasa correspondiente a este trámite, así como una declaración de la persona firmante e interesada en mantener el vehículo manifestando ser responsable de las obligaciones y responsabilidades que conllevan el cambio de titularidad en el Registro General de Vehículos. Por último, habrá que acreditar el nuevo domicilio fiscal del vehículo.

Una vez que la herencia se haya repartido, con todos los trámites completados y debidamente ratificados, el propietario definitivo del vehículo podrá proceder a hacer efectivo el cambio de titularidad del coche a través del procedimiento correspondiente en la sede electrónica de la DGT.


20minutos.es/motor